El Gobierno de España ha introducido una serie de modificaciones para actualizar la normativa nacional a la nueva legislación europea en materia del uso y transporte de piensos para la alimentación animal.
El Real Decreto, aprobado en el Consejo de Ministros el pasado 21 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado 8 de noviembre. Se permiten nuevas excepciones controladas en el transporte de piensos con proteínas animales y se refuerza el control de importaciones de productos de alimentación animal.
Los cambios introducidos afectan al Real Decreto 496/2024, de 21 de mayo, por el que se dictan disposiciones relativas a la alimentación de animales de granja con determinados piensos de origen animal, y del artículo 13 del Real Decreto 629/2019 relativo a los puntos de entrada nacionales para la importación de piensos de origen vegetal.
Con la modificación del primero, se ha añadido una excepción adicional a la prohibición de alimentar animales de granja no rumiantes con proteínas derivadas de otros animales.
Además, se establecen los requisitos para que los transportes puedan acogerse a esas salvedades, entre las que se encuentran la limpieza de vehículos en instalaciones registradas por la autoridad competente, como fabricantes de piensos para mascotas.
La segunda revisión introduce los nuevos requisitos establecidos a los puntos de entrada de productos de origen vegetal y también de productos de origen no animal destinados a la alimentación animal. Así, se regulan las instalaciones de control oficial donde se descargan mercancías a granel, para asegurar condiciones adecuadas.
Igualmente se actualiza el formato de documento necesario para realizar los controles en la importación de mercancías de origen no animal destinadas a la alimentación animal procedentes de países terceros.