ECONOMISTA Y ASESORA FISCAL EN AUSUM ASESORES Y ABOGADOS

M. Martínez: “Para que las empresas evolucionen bien, debemos prestar atención a la profesionalización de los sectores”

En el marco de las XX Jornadas Técnicas de Vacuno de Leche de Seragro, celebradas a mediados de noviembre en la Facultad de Veterinaria de Lugo, tuvimos la ocasión de charlar con Mónica Martínez, de Ausum Asesores y Abogados, que participó en el encuentro. En su charla expuso cómo las decisiones sociales y fiscales afectan a los negocios, y en esta entrevista publicada en Vaca Pinta 42 profundizamos un poco más en los puntos que abordó durante su intervención. 

¿Cuáles son las principales características de los distintos tipos de sociedades?
Las sociedades mercantiles son, básicamente, las más importantes y con las que más se trabaja. Así pues, las sociedades anónimas están pensadas para grandes volúmenes de inversión y muchos socios, donde la relación personal no es tan importante y exigen un capital social mínimo de 60.000 €; por lo tanto, ya partimos de una barrera de limitación económica relevante y hay muchos negocios que no tienen ese volumen para empezar. La sociedad limitada es muy manejable y versátil en el ámbito jurídico, y permite establecer un corte entre lo que yo soy como persona física, las responsabilidades que asumo y las que tiene que asumir esa sociedad. Mi recomendación es siempre empezar con una sociedad limitada por su capital social, que parte de 3.000 €, por su estructura organizativa y por sus estatutos, que permiten cierta flexibilidad y versatilidad con el amparo legal de esa figura jurídica en medio.

¿Qué tipo de forma jurídica le aconsejas adoptar a una ganadería de vacuno de leche?
Se deben analizar diversos factores; lo primero, la inversión que se va a realizar. Si yo estoy asumiendo una inversión de un millón de euros o de un poco menos, no tiene ningún sentido que monte una sociedad civil, porque ese dinero lo estoy asumiendo a título personal, con todos mis bienes presentes y futuros. Si voy a tener una sociedad civil donde la aspiración es que yo tenga unos rendimientos muy altos, y además somos pocos miembros, me voy a plantar en unos tipos tributarios mucho mayores que si opto por una figura jurídica que tributa en impuesto sobre sociedades (IS); con lo cual, habrá que ver en qué volúmenes nos movemos y qué rendimiento se espera obtener y, en función de eso, decidir. Hay entidades que por sus cifras y por el escaso riesgo que van a asumir, siempre les va a ir mejor estar en IRPF. 
A las granjas que ya alcanzan un volumen de inversión, facturación y rendimiento elevados, siempre les va a compensar una sociedad mercantil, una SAT de responsabilidad limitada, o algún tipo de figura que, digamos, me exima a mí como persona de ciertas responsabilidades.


"Cuando tú derivas la responsabilidad a un tercero, en este caso un administrador, estás haciéndole pagar por una capacidad económica que tiene otro"

Es habitual que desde las Administraciones se aconseje constituirse como sociedad civil o como sociedad agraria de transformación (SAT). ¿Qué opinas sobre esto?
La sociedad civil, en mi opinión, no es buena idea, porque yo estoy respondiendo  como persona física por esa sociedad civil. Puede incluso llegar a afectar al punto de que, si yo heredo de mis padres en un futuro, ese patrimonio pueda estar arriesgado. Una SAT tiene otro tipo de conformación legal y es verdad que, sin estatutos, regula la limitación de responsabilidad, así que supone un cierto amparo. Tiene una finalidad más social, con lo cual, entiendo que eso es lo que pretende la Administración cuando promueve ese tipo de sociedades donde se busca un desarrollo social de la zona, igual que en el caso de las cooperativas. Ninguna de las dos es una figura exclusivamente mercantil, sino que cuentan con un trasfondo más social de lo que tiene una sociedad normal jurídica, como una SA o una SL.


La responsabilidad también recae en la figura del administrador, que, en el caso de las ganaderías, acostumbran a ser los propios accionistas. ¿Cómo les puede afectar a ellos personalmente esto? 
Los administradores siempre van a tener más responsabilidad que un socio normal y corriente, porque al final están firmando ellos y asumiendo decisiones. Se supone que en tu cargo de administrador debes actuar de manera ordenada, diligente y ser leal hacia la sociedad. También se debe tratar de buscar, en el caso de una posible situación de insolvencia, minimizar el daño a terceros. Si actúas dentro de una responsabilidad normal, cumples con los trámites que te marca la legislación mercantil y con tus obligaciones sin grandes excesos; estás cumpliendo con la legislación. En ese caso la figura del administrador debería estar exenta de cualquier responsabilidad. Muchas veces el problema de que un negocio vaya mal no es por una mala administración, sino por las circunstancias que se pueden dar, como que entre otro competidor o que haya una pandemia. 
Es verdad que en el campo ahora mismo se está usando mucho la figura del administrador como responsable tributario solidario, por ejemplo, en empresas que van a concurso o en las que, por lo que sea, se finiquita su actividad con deudas. Se ha visto que la Administración Tributaria es un modo bastante rápido de buscar la recaudación que se ha perdido a raíz de tirar de la responsabilidad de los administradores, y se está usando mucho esa figura de derivación de responsabilidad a los administradores, que es compleja y un problema a efectos jurídicos. De hecho, el Tribunal Supremo ha limitado esto un poco porque se supone que uno ha de pagar por la capacidad económica que tiene él personalmente. Cuando tú derivas la responsabilidad a un tercero, en este caso un administrador, estás haciéndole pagar por una capacidad económica que tiene otro. Es una figura complicada, pero es verdad que sí se está haciendo uso de ella y es un problema a efectos de la seguridad que puede tener un administrador cuando las cosas van mal; cuando van bien, ya no hay ningún problema.

¿Cómo influye la forma jurídica a la hora de liquidar impuestos?
Cuando yo estoy en el ámbito de una sociedad civil o de una comunidad de bienes, por ejemplo, que era algo muy típico que se utilizaba también para las explotaciones, sobre todo de este sector, pues estoy en un ámbito de IRPF, en este caso del sector agrario; en el resto de los casos, las sociedades civiles van al impuesto sobre sociedades, pero en este, estoy en el ámbito del IRPF, que es un impuesto progresivo, es decir, que tiene en cuenta mi situación personal y va agravando la capacidad económica en mayor cuantía en la medida en que aumenta esa capacidad. El objetivo es que haya una responsabilidad de que el que más tiene, pague más. Yo me puedo encontrar con que hay gente que por la rentabilidad que tiene en su actividad no pague nada, pero hay otra gente que se puede plantar en tipos del 47 % de marginal, es decir, mucho más que cualquier entidad que tribute en el impuesto sobre sociedades. 
Una SL va a pagar siempre el mismo tipo, el 25 % en el régimen general, y, a partir de este año, el 23 % las empresas que tengan menos de un millón de euros de facturación. Pero ya está, no tiene en cuenta otra circunstancia más que cuatro o cinco elementos reglados. Si yo tengo rendimientos muy altos y me voy a un ámbito de tributación de IRPF, puedo estar pagando infinitamente más de lo que pagaría si tributase en un tipo fijo que es el tipo del IS.
Las sociedades agrarias de transformación también tributan en el impuesto sobre sociedades. Es una entidad un poco extraña y muy específica del sector agrario, que tiene personalidad jurídica propia, con lo cual se va a tipos fijos del 25 % en el ámbito general, que es una cosa extraña, teniendo en cuenta que no deja de ser una sociedad civil y que las normales tributan en el IRPF.


Pensamos en la forma jurídica a la hora de crear una sociedad, pero nunca tenemos en cuenta el momento de disolverla o enajenarla. ¿Esto es importante?
Muy importante. Si yo tengo una actividad económica, habrá una serie de complejidades que van a tributar de una manera diferente y que pueden complicar mucho la operación de venta a terceros. Si montas una sociedad limitada donde vendes unas participaciones, es mucho más simple y rápido. Por ejemplo, tengo una SL con 3.000 participaciones; si quiero vender mi negocio, vendo mis participaciones. Solo tengo que hacer esa escritura de compraventa y ya está. Con un único documento he hecho el cambio completo. A efectos de sucesión también es mucho más simple, aunque es verdad que en el impuesto sobre sucesiones y donaciones hay igualmente reducciones importantes, sea persona jurídica la que esté legando en sucesión, o sea una actividad a título personal. Pero desde luego es mucho más simple un proceso donde yo simplemente vendo unas acciones y no los elementos por separado.
En las sociedades agrarias de transformación es más complejo al tratarse de una sociedad civil: es como vender una participación de una sociedad civil. Al final, se va a una ganancia patrimonial en IRPF. No es tan complicado como vender una empresa personal o una SC, pero estaría en un término intermedio. Si tú buscas que entre un inversor nuevo, siempre es mucho más simple hacerlo en una mercantil donde los procedimientos están más regulados. Una SAT está regulada por cada una de las comunidades autónomas, igual que las cooperativas van al registro de cooperativas de cada comunidad. El modus operandi de cada uno de esos registros difiere levemente, entonces, siempre se nos complica un poco más la existencia que con una mercantil.


"Si yo soy socio, tendré que tener derecho a cobrar unos dividendos por aportar mi dinero a esa sociedad"

Otro de los temas que a veces causa preocupación a los ganaderos es cómo fijar el salario de los socios, que también son trabajadores de la granja, y las bases de cotización. ¿Qué les aconsejas?
Lo de las bases de cotización ya nos lo va a resolver la Administración de la Seguridad Social en función de lo que cada uno esté recibiendo personalmente, porque hasta ahora los autónomos venían cotizando una tarifa fija que escogían ellos. A partir de ya, se equiparará un poco al régimen general y se establecerán unos tramos donde el autónomo tenga cierto margen de maniobra para moverse, una base mínima y una máxima en la que cotizar, en función de los ingresos que perciba. No se va a dar la circunstancia, por ejemplo, que se da ahora mismo, de gente que cobra 200.000 euros, factura 15 millones de euros en su empresa y paga un autónomo de 300 €. Lo que se pretende es equilibrar esas cotizaciones y que cada vez se asemeje más al régimen general.
¿Cómo fijar los salarios? Es complicado. En todo caso, la legislación tributaria lo que nos establece es que los salarios que se retribuyen a los socios trabajadores deben ser salarios de mercado, es decir, si yo hago un trabajo que podría hacer cualquier otro, ese salario tendría que ser equiparable a lo que cobraría cualquier otro que no fuese miembro de esa sociedad. Otra cosa es que si yo soy socio, además, pueda tener un dividendo por la actividad. Pero a efectos tributarios, el impuesto sobre sociedades establece los precios de transferencia. Es verdad que tienes cierto margen de maniobra y, por otra parte, si tú eres socio, la empresa tiene unos rendimientos, entonces tú cobras unos rendimientos por el hecho de serlo. Hay muchos socios en las empresas que no reciben nunca nada porque se distribuye en salarios; pues no: si yo soy socio, tendré que tener derecho a cobrar unos dividendos por aportar mi dinero a esa sociedad, igual que si pongo el dinero en una cuenta corriente o en un fondo de inversión tendré derecho a recibir esas retribuciones en función de cómo sean.


Para estas retribuciones, ¿se toma como referencia algún convenio colectivo o algunas tablas salariales estándar?
Tendríamos que irnos al mercado, aunque lo que considera el mercado a efectos tributarios es algo muy amplio, porque lo que hace la Administración Tributaria es: “En este sector en concreto, la media de los salarios para este puesto es tanto”. Pero claro, no es lo mismo un salario que se pague por este puesto aquí en Lugo, que un salario que se pague por el mismo puesto en Madrid. No puedo tomar como referencia unas circunstancias sociales y económicas de una zona que no es la mía.


En estas jornadas técnicas estamos viendo la labor de los asesores de las ganaderías en los distintos aspectos relacionados con la producción. ¿Es importante incluir el asesoramiento fiscal y financiero?
Sí, siempre, en todo, porque para que las empresas evolucionen bien y no tengamos sobresaltos en la actividad económica que desarrollemos, debemos prestar atención a la profesionalización de los sectores. 

En este sector son muy importantes las subvenciones, tanto la PAC como las ayudas para la adquisición de maquinaria. ¿Cómo le aconsejas a la gente que las utilice?
Siempre, por defecto, uno tiene que pensar en cómo va a estructurar su negocio y qué rentabilidades va a obtener sin tener en cuenta esas subvenciones, porque la rentabilidad del negocio tiene que verse. Si yo no recibo nada por lo que fuere, porque he incumplido condiciones o porque se han modificado las bases que venían utilizándose habitualmente, tengo que saber que si invierto en algo voy a tener unos beneficios, y tengo que invertir porque realmente necesito ese activo o ese personal, no simplemente porque tenga una ayuda me voy a tener que meter en una inversión. Realmente, hay que valorar la necesidad de cada activo concreto o de cada inversión específica que hagamos, sea de circulante o sea de activo fijo, para ver si realmente nos interesa, independientemente de que tengamos o no ayuda. 

¿Qué impresión te están generando estas jornadas? ¿Te parece una buena iniciativa que puede influir de manera positiva en el sector para difundir y ampliar conocimientos?
Por supuesto que me parece positivo. Cuanta más formación, mejor; cuanta más profesionalización, mejor, y eso solo puede desembocar en que todo vaya mejorando, en que nuestras empresas, sean del tipo que sean, en este caso del sector agrario, suban de nivel y sean más competitivas, con lo cual, lo único que me queda es darles la enhorabuena a Seragro, a los organizadores y a los patrocinadores, por tener esta iniciativa y llevar tantos años realizándola con éxito.